Estimados lectores:

Nos encontramos nuevamente en un momento de alta preocupación para todos aquellos que nos sentimos comprometidos con la situación de los medios de comunicación en nuestro país. El reciente decreto 527/05 firmado por el Poder Ejecutivo, que establece la suspensión de los plazos de las licencias de radiodifusión, entendemos constituye un gravísimo precedente contrario a la democratización de la palabra y los medios en Argentina. Por tal motivo, en esta edición del mensuario hemos priorizado incluir dos artículos referidos al tema y la declaración de la Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación (UBA) suscrita posteriormente por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Sociales y por la Federación Argentina de Carreras de Comunicación Social.

El grupo Editor


Episodio 527(05). El regreso de los clones.
Por Santiago Marino
El pasado viernes 20 de Mayo, sorpresivamente, y sin que el tema aparezca en la agenda pública o genere debate alguno, el PEN sancionó el Decreto 527/05. El mismo establece la suspensión del plazo de licencias de empresas radiodifusión por 10 años. Así, "los actuales propietarios de medios se ven beneficiados por una medida que suspende el cómputo de los plazos que la ley otorga de quince años más diez de prórroga por única vez extendiendo por otro diez el término original"(1). Y deja muy lejos la posibilidad de la derogación de la Ley de Radiodifusión 22285, que lleva la firma del genocida Jorge Rafael Videla.
El actual gobierno recibió un sistema de medios concentrado, con alta incidencia del capital extranjero, antidemocrático, en el cuál muchos son los sectores excluidos de la participación en la comunicación. La exigencia de poseer fin de lucro para acceder a la licencia de un medio de radiodifusión implica la exclusión no sólo de las cooperativas sino de gran parte de la sociedad civil, ausente en el campo, relegada a recibir información y consumirla (como mercancía), incapacitada de participar en los procesos de planificación de las políticas y de la gestión de los medios. La herencia incluye también un marco legal autoritario. En dos años de gobierno no se hizo algo para cambiarlo. Y, en ocasiones, logró empeorarlo, si se piensa desde la visión que aquí se comparte, que la democracia de las comunicaciones es determinante para la democracia de las sociedades. Un ejemplo claro de cómo se mantiene esa estructura es la situación del organismo de control. El COMFER (dependiente de la Secretaría General de la Presidencia) permanece intervenido desde el advenimiento del sistema democrático, pues la ley que lo regula define que su Directorio debe estar integrado por miembros de las Fuerzas Armadas, entre otros actores. La intervención del organismo lo coloca, lo mantiene, bajo la órbita del Poder Ejecutivo, que no interviene, sin embargo, para evitar que deba estar intervenido, valga el juego de palabras. La herencia se completa con un sistema de medios públicos gubernamental y poco creíble.
Aún antes de la firma del Decreto 527/05 se podía plantear la situación de licencias de duración casi vitalicia. La extensión de los plazos hace pensar que aquel planteo quedaba corto. Julio Bárbaro -actual interventor del COMFER- había planteado en 2004 que "habría que darles diez años más a todos, para mantener la seguridad jurídica". Y en 2003, en ocasión de participar de un teórico de cierre de la materia Políticas y Planificación de la Comunicación, en la Facultad de Ciencias Sociales, consultado sobre la eventualidad de que en los últimos días del gobierno de Duhalde estuvo a la firma un decreto que prorrogaba por diez años las licencias, Bárbaro lo negaba, expresando que "eso se discutiría después de la ley. Si se les diera la continuidad antes de la ley, sería un problema enorme". El problema es enorme y concreto desde el 20 de mayo de 2005. Damián Loreti (director de la carrera de Comunicación) comentaba entonces que "aquel decreto -que no era de necesidad y urgencia porque no corregía ley, sino que era parte de una facultad propia del ejecutivo según la ley de radiodifusión (resolver sobre las prórrogas)- suspendía el cómputo del plazo de las licencias; no las renovaba. Sobre la base de varias razones: una de ellas era económica, y la imposibilidad del COMFER de atender a la necesidad de reconcursar" (2). La herencia recibida es reforzada por acciones de gobierno que la consolidan. La situación de exclusión se mantiene, y nada hace pensar que esto genere seguridad jurídica. La intervención en la regulación del sector es otra vez realizada por decreto, sin discusión pública. Modalidad, sin embargo, no frecuentada para generar cambios necesarios para que la Ley tenga elementos más democráticos, como alterar el artículo 45 (declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia) o la composición del Directorio del COMFER.
Mediante el Decreto 527/05, se ignoran los plazos y se beneficia directamente al sector de propietarios de medios, sin tener en cuenta las exigencias que estos deben cumplir. Es una medida ilegal, que además carece de argumentos valederos y razonables. Las metas de contenidos son exigidas aun antes del decreto y por organismos como la UNESCO y la Convención Universal de los Derechos del Niño. Y las obligaciones de inversión en tecnología no parecen indicar un beneficio para los ciudadanos que componen el conjunto de excluidos de su derecho de producir información. Y quita de plano la posibilidad de discutir por una ley de radiodifusión democrática, que contemple las necesidades de todos los sectores, y que cambie la situación de que el sector de las comunicaciones esté encuadrado en un marco legal producido en la Dictadura Militar.
El Decreto 527/05 es un paso adelante en la consolidación del sistema, es consecuente con el modo en que se regula la comunicación en democracia. Y es un nuevo paso atrás en la democratización de las comunicaciones.

(1) Declaración de la Dirección y Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos, Buenos Aires, 23 de mayo de 2005.
(2) Versión desgrabada del Teórico de Cierre (Políticas y Planificación de la Comunicación),
03-07-03, www.fsoc.uba.ar/catedras/mastrini


Sorpresiva prórroga de las licencias de radiodifusión
Por Bernadette Califano y Luis Lozano
El presidente de la Nación Néstor Kirchner dispuso el pasado viernes 20 de mayo la firma del Decreto de Necesidad y Urgencia 527/05 mediante el cual se suspenden "por el plazo de 10 años los términos que estuvieren transcurriendo de las licencias de servicios de radiodifusión o sus prórrogas previstos en el artículo 41 de la Ley N° 22.285 y sus modificatorias."
Es decir que por el término de 10 años, desde la publicación del decreto en el Boletín Oficial, no se contabilizará la duración de las licencias de los servicios sonoros, televisivos y complementarios de todo el país, según lo establecido por el mencionado artículo de la Ley de Radiodifusión vigente desde la última dictadura militar, que data de 1980 y lleva las firmas de Videla, Harguindeguy y Martínez de Hoz, entre otras.
Dicho artículo establece que las licencias se otorgan por quince años con la posibilidad de ser prorrogadas -por única vez- por diez más, previa autorización del COMFER (Comité Federal de Radiodifusión). Esto significa que a partir de la reciente disposición los nuevos licenciatarios (como la empresa de Mario Pergolini 4k Holding S.A. que acaba de lograr una adjudicación para explotar la FM 106.9 MHz) acceden automáticamente a una licencia por el plazo de 25 años, al término de los cuales pueden solicitar permanecer otros diez.
Las justificaciones para la sanción de un decreto de tales características radican en la necesidad de que los medios estén "en manos de empresarios nacionales", tal como lo expresó el Presidente, y de que las compañías gocen de mayor estabilidad para lograr la inversión tecnológica necesaria para llegar a la digitalización de la televisión y la radio.
Ahora bien, si por empresarios nacionales entendemos al Grupo Admira (Telefónica) que explota entre otros medios Telefé; al Grupo Prisa (propietario del diario El País de España, y socio de Telefónica en emprendimientos de TV en ese país), dueño de Radio Continental y FM Hit; y al Grupo CIE (de origen mexicano, al que se adjudica vinculación con el lavado de dinero ligado a Radio Belgrano, Radio Argentina y otras) licenciatario de Radio Splendid, América, Rock&Pop, Metro, Aspen y Blue, estaríamos incurriendo en un grave error. Quizás el decreto se refiera al "empresario nacional" Raúl Moneta, actual copropietario de Canal 9 junto con Daniel Hadad -tal como lo destacó el periodista Horacio Verbitsky en una nota publicada el 29 de mayo en Página 12-quien ocultó al Banco Central su vinculación con la entidad off-shore Federal Bank para que se le concedieran beneficios al hoy quebrado Banco República, asociado desde 1992 con el CEI (Citicorp Equity Investment).
por otra parte, en lo que al fin tecnológico se refiere, es sabido que al gozar de estabilidad a nadie le sería difícil conseguir créditos para nuevas inversiones. Sin embargo, bajo este objetivo se encubre otro, orientado a beneficiar específicamente a empresas que se encuentran refinanciando sus deudas y cuyos vencimientos de pagos excedían los términos de sus licencias. Es el caso de Telearte S.A., licenciataria de Canal 9, que se encuentra en concurso de acreedores y por este decreto podrá extender una garantía de confianza hasta el 2019, ya que ahora su licencia no expira en mayo de 2009. De esta manera, no sólo recibe el beneficio de poder explotar el medio durante un período más sino que así presenta mejores condiciones para negociar con el aumento de valor de su compañía.
De manera similar se benefician Radio Continental (Grupo Prisa), Radio Mitre (Grupo Clarín), Radio Rivadavia (en convocatoria de acreedores) y Radio del Plata (Grupo Ideas del Sur), cuyas licencias caducaban en 2008. Canal 13 (Grupo Clarín) y Canal 11 (Telefónica) extenderán sus licencias hasta 2025, puesto que recién accedieron a la prórroga por 10 años en enero de este año, mientras que el canal América continuará en manos de Ávila y Vila/Manzano hasta 2022. También resultaron favorecidos Multicanal y Cablevisión, cuya explotación se extenderá ahora hasta 2016, y los canales del interior del país.
Además, el Decreto 527 establece la necesidad de impulsar programas culturales. Para tal fin, el artículo 3 dispone que durante el plazo de dos años cada licenciatario "deberá elevar al COMFER para su aprobación un espacio de programación que contribuya a la defensa de la cultura nacional y a la educación de la población."
No deja de ser curioso que la firma de este decreto coincida con los fuertes cuestionamientos respecto de la calidad de los programas televisivos y su sistemática violación del horario de protección al menor con escenas inadecuadas de sexo, siendo que los actuales licenciatarios adeudan millones de pesos en concepto de multas al COMFER por estas infracciones. Nadie querría creer que dichas multas se cambiarán en un futuro por publicidad oficial.

Una historia que parece repetirse
Durante la presidencia de Eduardo Duhalde, en el año 2002, los principales multimedios habían impulsado un decreto similar, aunque la excusa en aquel entonces fue el estado de "emergencia económica y política" por la que atravesaba el país luego del estallido de 2001.
El nuevo decreto de 2005 está sustentado en una "emergencia comunicacional" ya que, según lo entiende la Presidencia de la Nación, a pesar de haberse superado la etapa más difícil de la crisis, "la situación de los medios audiovisuales necesita un horizonte de previsibilidad que involucre los plazos mínimamente necesarios para recomponer su situación económico-financiera." Dicha "emergencia" produjo el traspaso de una deuda del multimedia Clarín, que supera los 2 mil millones de dólares, a la sociedad argentina que deberá pagar a presente y futuro.
Quienes sostienen que, en realidad, la continuidad jurídica del Estado recoge en la actualidad "el legado" que dejó la dictadura militar, podrían explicar la medida del ejecutivo de Kirchner recordando que el Gral. Jorge Rafael Videla incluyó en 1980 el artículo 112 a la Ley 22.285 que aún rige la radiodifusión en la Argentina, por el cual se dispuso no contabilizar los plazos de las licencias vigentes hasta ese momento, pudiendo los licenciatarios regirse por el artículo 41 de dicha ley, como si recién a partir de entonces empezasen a transmitir.
Cualquier similitud con la actualidad, es pura consecuencia.

La democracia, para otro día
Entre tantos dichos y supuestos, surge finalmente una pregunta: ¿por qué una medida tan trascendente, que afecta a la totalidad de la ciudadanía -entendiendo a la comunicación y a la información como un derecho humano fundamental y necesario para la vida en democracia-, ha sido tan poco difundida y su sanción se ha producido por decreto, sin que medie debate parlamentario ni discusión pública al respecto?
Si analizamos los principales medios gráficos del sábado 21 de mayo, día posterior a la firma del decreto, el tratamiento dado a la noticia es ínfimo. Salvo el caso de La Nación, ninguno de los restantes diarios de mayor tirada presenta la nota en tapa y las coberturas que asoman en el interior son escuetas y poco desarrolladas.
En Clarín se publica una pequeña noticia en la sección "Sociedad" (página 56) donde apenas ocupa un cuarto de página, adosada a una fotografía del presidente Néstor Kirchner junto al ministro Alberto Fernández. La nota carece de firma y referencia a fuente alguna.
Página 12 ofrece una cobertura aún menor, ubica a la noticia -también carente de firma- en la sección "Espectáculos" (!) junto a una nota acerca de los premios del Festival de Cannes y otra más extensa referida al CD que saldrá a la venta al día siguiente con el diario.
La Nación es el medio gráfico que le dedica mayor atención a la sanción del decreto, con un artículo ubicado en la sección "Cultura", que lleva la firma de Susana Reinoso y hace un análisis algo más crítico. No es un hecho menor señalar que la composición accionaria de este diario no posee medios televisivos ni radiales.
Sorprendió la ausencia de tratamiento por parte del siempre crítico del gobierno Ámbito Financiero. Si bien este diario no se imprime durante el fin de semana, sucede lo mismo con El Cronista Comercial, lo que no impidió que este último publicase la noticia el lunes 23 de mayo.
Por otra parte, resulta llamativo encontrarse con una ley que rige la radio y la televisión de la democracia que haya sido sancionada por un gobierno de facto y aún, luego de 25 años, no haya podido cambiarse ni derogarse (mediante una resolución tan rápida y sencilla como es la firma de un decreto, tal como sucedió de un día para el otro con el 527/05), y la simple reforma de su art. 45 (que excluye a las organizaciones sin fines de lucro de la posibilidad de acceder a una licencia de radiodifusión) sea objeto de miles de debates en el Congreso de la Nación sin llegar todavía a ningún acuerdo. A todo esto, Diputados y Senadores mantienen amordazados y en los cajones los diferentes proyectos de reformulación de dicha ley. Para su aprobación hace falta discutir la propiedad de los medios desde el poder en un momento histórico en el que no existen en la Argentina medios públicos, lo que significa que la sociedad tiene un minúsculo lugar en los mismos.
Nuevamente la política comunicacional del país se resuelve por decreto, sin ningún tipo de debate público, favoreciendo a los grandes grupos económicos y perjudicando a la ciudadanía tanto en su capacidad de acceso a los medios como en su derecho a estar bien informado.


Declaración de la Dirección y Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación sobre el Decreto 527/05

ANTE LA POLÍTICA COMUNICACIONAL DEL GOBIERNO NACIONAL
El viernes 20 de mayo, sorpresivamente y sin que mediara ninguna discusión ni reclamo público, el gobierno nacional sancionó el Decreto 527/05 que establece de suspensión del plazo de licencias de empresas de radiodifusión por 10 años. De esta manera los actuales propietarios de medios se ven beneficiados por una medida que suspende el cómputo de los plazos que la ley otorga de quince más diez de prórroga por única vez extendiendo por otros diez el término original.

Ante esta decisión, que supone la definición de una línea de política comunicacional de parte del gobierno acorde a los intereses de los propietarios de medios de comunicación, la Dirección y la Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires rechazan y deploran la sanción del Decreto 527/2005 por los siguientes motivos:

- Una vez más, la política de comunicación se resuelve por decreto sin discusión pública. Mientras la ley de radiodifusión 22.285/80, sancionada por la dictadura militar, sigue vigente y excluyendo de la posibilidad de ser propietarios a gran parte de los miembros de la sociedad argentina (en particular a las organizaciones sin fines de lucro). El gobierno otorga un beneficio inaudito a los propietarios de medios de comunicación que formaron grandes grupos concentrados durante la década de los ´90.
- Así, por decreto, se ignoran plazos y condiciones de extensión de los mismos, debido a que para su prórroga se requiere el cumplimiento de compromisos asumidos por los licenciatarios. Tampoco se toman en cuenta las sanciones existentes ni las irregularidades en las titularidades que, hasta las propias autoridades, han hecho públicas: tanto por origen del capital como por la cantidad de medios en un área de cobertura.
- El Decreto 527/2005 beneficia especialmente a quienes tenían licencias que vencían indefectiblemente en el año 2007, luego de 25 años, dado que habían sido renovadas automáticamente durante la dictadura militar en 1982.
- Los beneficiarios de esta medida han sido quienes ganaron los concursos apoyados, en muchos casos en las leyes discriminatorias de los gobiernos militares y, en otros, en las reformas neoliberales de la década de los años 90. En la mayoría de los casos de los actuales titulares de los medios más poderosos, el único mérito para llegar a ser licenciatarios ha sido contar con fondos suficientes o créditos tomados (sobre todo en el exterior) para comprar canales y radios.
- La metodología del decreto, aunque criticable, pudo haber sido usada antes que para esta decisión de conservadora política de comunicación, para modificar el artículo 45 de la ley de radiodifusión, que sigue excluyendo a los sectores no comerciales de la posibilidad de tener una licencia. Hace 20 años que esta reforma es esperada. En la Argentina, la ley de la dictadura militar excluye a las entidades sin fines de lucro de la posibilidad de ser licenciatarios. Si bien este artículo 45 fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema en el año 2003, sigue vigente porque el Congreso no aprueba su reforma. Sin embargo, para el gobierno tiene más necesidad y urgencia de prorrogar el plazo de las licencias de los poderosos, que permitir que la sociedad civil pueda acceder a los medios de comunicación.
- La suspensión del plazo implica que todos los argentinos, que hoy no son propietarios de medios de comunicación, deberán esperar 10 años más para intentar formar parte del sistema de radiodifusión, salvo que se abran nuevos canales de televisión y radios.
- Algunas empresas de medios se han beneficiado -especialmente- porque el programa de pagos de la refinanciación sus deudas excede el término de sus licencias y, por lo tanto, no se podía asegurar su cumplimiento. Este cambio de escenario facilita su programa económico-financiero.
- El decreto 527/05 otorga la suspensión del plazo de las licencias sin establecer ninguna contraprestación de parte de los beneficiarios. Es irrisorio pedir al mercado que haga propuestas de responsabilidad de contenidos y culturales. No sólo porque la Constitución Nacional (art. 75 inc. 19) obliga a promover el espacio audiovisual nacional y la ley vigente ya lo exige y no se cumple sino, también, porque la defensa de los servicios y productos de la cultura audiovisual requiere políticas activas y definidas. No resulta convincente plantear que los beneficiarios de esta medida ilegal propongan como contrapartida espacios educativos. Para los Estados, alentar la creación de estos espacios es un mandato emanado de la Convención Universal de Derechos del Niño, así como el fomento al pluralismo y a la defensa de la diversidad de minorías lingüísticas.
- Es un pretexto fijar obligaciones de actualización de tecnologías para extender los plazos. Si fuera posible considerarlo como argumento, y con la velocidad de las innovaciones, las licencias deberían ser eternas, desconociendo que utilizan un recurso escaso como las frecuencias radioeléctricas, cuya administración corresponde al Estado Nacional.
- No es tampoco aceptable sostener que esto asegura fuentes de empleo o libertad de prensa. Los procesos de concentración no lo hicieron. Tampoco lo garantizan las tecnologías. Sí lo hacen el pluralismo, la diversidad y la democratización de la palabra y las expresiones culturales y artísticas.
- Luego de este decreto, el tratamiento de una posible ley de la democracia queda más lejos aún que antes. Los grupos concentrados ya tienen lo que necesitaban. El Poder Ejecutivo dio muestras claras de no estar dispuesto a discutirla: lo único que entiende necesario y de urgencia lo resuelve con su sola y única voluntad.

Buenos Aires, 23 de mayo de 2005.

Dirección y Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación - Facultad de Ciencias Sociales - Universidad de Buenos Aires.


Seminario de Acceso a la información pública
por Cecilia Labato y
Magdalena Restovich
A pesar de que Argentina aún no cuenta con una ley nacional sobre el derecho de acceso a la información pública, su ejercicio está garantizado por la Constitución Nacional, a través de tratados internacionales y algunas normas locales. Sin embargo, son muy pocos los que ponen en práctica este derecho básico dentro de un régimen democrático. La ausencia de legislación, ciertas falencias operativas de los organismos gubernamentales encargados de brindar la información y la falta de hábito en los ciudadanos son algunas de las causas que inciden para que el ejercicio de este derecho no se vuelva una práctica cotidiana. Por eso, para discutir sobre de la necesidad de sancionar leyes que regulen este derecho y su forma de implementación, se realizó en Buenos Aires el primer Seminario Internacional de Acceso a la Información Pública, organizado por ADC (Asociación por los Derechos Civiles), CIPPEC (Centro de Implementación de Políticas públicas para la Equidad y el Crecimiento), y el British Council. Allí, organizaciones civiles, funcionarios del gobierno nacional y especialistas del tema a nivel nacional e internacional analizaron - a la luz de las experiencias de distintos países - cuáles son los estándares internacionales a los que debe ajustarse una ley de acceso a la información pública.
El principal punto en el que todos coincidieron es en el principio de "Legitimación Activa" según el cual ningún solicitante tiene la obligación de justificar los fines del pedido. "Sería tan irrisorio como preguntar por qué o para qué quiero ejercer mi derecho a vivir", remarcó Helen Darbishire - representante de la Open Society Justice Initiative, otra de las instituciones organizadoras del Seminario -. Además, la solicitud de los datos debe regirse por el principio de informalidad: no deben existir trabas burocráticas. Un buen ejemplo a seguir es el de Perú donde, según explicó Samuel Abad de la Defensoría del Pueblo, los pedidos de hábeas data ya no requieren la firma de un abogado. En el mismo sentido, el intendente de Morón Martín Sabatella contó que el Municipio logró que la oralidad tuviera el mismo status que los pedidos por escrito. Otro punto que no debe interceder en el uso este derecho tiene que ver con el arancelamiento: no puede ser excesivo, debe abarcar el costo de las copias, el envío o un mínimo por el tiempo empleado en dar respuesta. Si fuera costoso, se estaría operando una discriminación y se volvería un derecho sólo para elites.
Algunos de los especialistas consideran que un organismo de aplicación no es necesario, pero si recomendable para lograr un mejor funcionamiento del derecho, dado que los países que cuentan con este ente, ganan en efectividad. María Marván Laborde, del Instituto Federal de Acceso a la Información pública (IFAI) de México explicó que el organismo que preside publica un ranking de los órganos que responden mejor o peor a los pedidos y esta presión contribuyó a elevar el nivel de rendimiento.

La experiencia argentina
No existe organismo de aplicación ni ley. Lo más parecido es el monitoreo de aplicación del decreto 1172/03 (que regula el acceso a la información pública a nivel del Poder Ejecutivo) desde la sociedad civil: "Realizamos una convocatoria y se ofrecieron cuatro organismos del Estado para participar en esta experiencia - explicó Natalia Torres, coordinadora del Área de Transparencia del CIPPEC-. Analizamos las condiciones de aplicación, las acciones de implementación, el circuito de recepción de pedidos y provisión de información y cómo se elaboraba la respuesta y vimos que respondían positivamente. Claro, que todos sabían que los estábamos monitoreando", concluyó.
Laura Zommer, docente de la carrera de Ciencias de Comunicación de la Universidad de Buenos Aires (UBA), expuso otro monitoreo, pero desde la academia: "A raíz de un trabajo donde los alumnos tenían que ejercitar su derecho de acceder a datos públicos, comprobamos que las autoridades parecen elegir el silencio para no responder: la mayoría de los organismos ni siquiera acusó aviso".
Del otro lado, el Dr. Marcelo Bermolén, de la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la democracia, reconoció que "a veces es muy difícil dar una respuesta dentro del marco establecido de 20 días. Pero también es cierto que se ha instalado en la gente el hábito de no conocer, por eso hay que educar a la sociedad a interesarse por esa información". Contradictoriamente, destacó el creciente interés de la ciudadanía: "Durante el año 2004, los distintos municipios se contestaron más de 1.000 pedidos por mail sobre sueldos de ministros, gastos públicos, licitaciones, convenios, subsidios otorgados, viajes del presidente, listados de asesores de ministros e inversiones públicas del Estados, entre otros"

El derecho de unos pocos: estado de la ley
es difícil pensar en herramientas que tiendan a generar este hábito en la sociedad cuando el Congreso Nacional pone trabas al desarrollo del mismo. Las modificaciones que el Senado introdujo al proyecto de ley de Acceso a la Información Pública en diciembre de 2004, están en el ojo de la tormenta. "El senado socava las reglas mínimas", dijo la diputada por el ARI Marcela Rodríguez. Y socava la principal: establece la legitimidad pasiva (tener que justificar el pedido), cuando se les pregunta porqué se lo introdujo, responden que es para "fines estadísticos". Las modificaciones, además, establecen requisitos burocráticos e incorporan nuevas excepciones que no son enunciadas de forma taxativa, por lo que deja a discrecionalidad del funcionario la definición de qué es reservado y qué no. Debido a estas falencias la ley reingresó a Diputados, donde se deberán ratificar los cambios o insistir con el proyecto original. En ese sentido, Rodríguez dijo que "la discusión es entre tener una ley no tan buena, pero tenerla, o hacer una buena ley. Una ley con problemas y jugar por otras vías o presionar por una ley mejor".

Una cuestión cultural
Un derecho excede a una ley debido a que tiene implicaciones culturales y estructurales más profundas. "Hay que revertir la Cultura del Secreto", fue el lema que guió las jornadas y María Marván Laborde resumió "la gran diferencia" entre las distintas sociedades: "En la cultura anglosajona, la manera de protegerse es documentar la función, distinto de la cultura del secreto latinoamericana que es destruir o llevarse los documentos de la gestión". es muy difícil revertir esta cultura del secreto sin políticas públicas tendientes a educar a la ciudadanía para que puedan aplicar este derecho. "Hay que orientarse a ciudadanos competentes", opinó Marta Oyhanarte, subsecretaria para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia de la Jefatura de Gabinete. No parece suficiente una ley, es necesaria la capacitación de los empleados para que den al ciudadano la información, pero el ciudadano tiene que aprender a contar con ese derecho, y saber usarlo. Por eso, Oyhanarte tituló su exposición como "Caminamos... que no es poco. En este camino de construcción recíproca, hoy estamos casi en un meseta, se necesitan recursos humanos, técnicos, educación, capacitación, y una campaña de comunicación".


Lanzarán un canal educativo para docentes y alumnos
Fuente: Diario Hoy
Fecha: 25/05/05

El gobierno anunció hoy el lanzamiento un canal educativo destinado a docentes y alumnos de todo el país con el objetivo "de fortalecer y complementar las políticas de equidad y mejoramiento de la educación".
Así lo adelantó el ministro de Educación, Daniel Filmus, al término de una reunión donde el presidente Néstor Kirchner firmó el decreto que encomienda a esa cartera articular las medidas necesarias para poner en funcionamiento la señal.
El nuevo canal "buscará la convergencia con Internet a través del portal Educ.ar", explicó Filmus.
Asimismo, afirmó que hasta tanto se cuente con la señal propia, lo que está previsto para marzo del 2006, ese ministerio distribuirá en los actuales canales abiertos y de cable programas con producción propia y los realizados a través de convenios con entidades educativas tanto públicas como privadas, nacionales y de otros países.
Sus destinatarios serán alumnos y docentes de los distintos niveles educativos y jóvenes y adultos de sectores vulnerables de la sociedad.
"Estamos convencidos que un canal educativo de alcance nacional favorecerá el acceso al conocimiento de amplios sectores de la población", dijo el funcionario.
En este sentido, al dar detalles de la iniciativa en la Casa de Gobierno, explicó que "el objetivo es colocar a la televisión al servicio de la educación como se hace en la mayoría de los países".
luego de resaltar la importancia del proyecto, Filmus resaltó especialmente que "habrá una programación específica" para las 12.000 escuelas rurales que hay en el territorio nacional.
Según el decreto correspondiente, "el gasto que demande la instrumentación de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del ministerio de Educación".

El Comfer advirtió a los canales
Fuente: Pregón
Fecha: 22/05/05

El Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) advirtió a los responsables de los contenidos de los canales de televisión por el "incremento notorio y excesivo" de programas con "una alta carga de sexualidad en sus contenidos", incluso durante el horario de protección al menor.
El organismo indicó al respecto que ya está "actuando con la mayor firmeza posible para revertir dicha tendencia" en las pantallas argentinas.
En este sentido, el Comfer les recordó a los programadores televisivos que las actuales normas sobre contenidos fueron diseñadas para cumplir con "la protección de los niños que se encuentran en plena formación física e intelectual".
A través de un comunicado, el organismo encabezado por Julio Bárbaro recalcó que diariamente controla el contenido de las emisiones televisivas y "ha notado un incremento en las referencias sexuales de los programas, especialmente durante el horario de protección al menor (8:00 a 22:00)".
en este sentido, apeló "expresamente a que los responsables de los contenidos adopten todos los recaudos necesarios para adecuar aquellos a las Pautas Básicas para los Contenidos de Radiodifusión".
El Comité recordó que estas normas "fueron firmadas de mutuo acuerdo en noviembre de 2002 entre este Organismo, los titulares de las licencias, la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA), la Cámara Argentina de Productores Independientes de Televisión (CAPIT), la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) y la Asociación de Radiodifusoras Privadas Argentinas (ARPA)".

La Cooperativa de Libertador General San Martín podrá prestar servicios de televisión por cable
Fuente: www. enREDando.org.ar
Fecha: 16/05/05

El Departamento de Prensa de COOPERAR, a través de una entrega de prensa, informó que la justicia avaló un fallo en primera instancia que declaró inconstitucional el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión y habilitó judicialmente a la cooperativa telefónica de Libertador General San Martín a prestar el servicio de TV por cable.
La Cooperativa Telefónica de Libertador General San Martín presentó un recurso de amparo ante la justicia provincial, porque a pesar de tener firme un fallo, el COMFER continuaba suspendiendo la entrega de pliegos.
El juez federal Mariano Wenceslao Cardozo hizo lugar a la acción, y sostuvo en su sentencia que las "personas jurídicas sin fines de lucro, contribuyen al desarrollo del bien común" y "no surge una razón de alto voltaje social que justifique bloquear el derecho constitucional" a acceder a los medios de comunicación".
por lo que, "no resulta atendible el argumento formulado por el COMFER", en base al que demora el acceso de las cooperativas a la radiodifusión, fundado en que "el Poder Legislativo Nacional se encuentra abocado al tratamiento de diversos proyectos de la ley de radiodifusión, en especial lo referente al articulado que refiere a las personas jurídicas potenciales sujetos de radiodifusión".
Se agregó, en el pronunciamiento judicial, que "la Cooperativa funciona desde 1969, brindando telecomunicación a la población de Libertador General San Martín, licencia que en 1992 le fue otorgada en régimen de exclusividad por la presidencia; en 1994 incorporó el discado directo internacional, y actualmente al haber instalado fibra óptica brinda Internet, transmisión de datos, videos conferencias, entre otros servicios".
"Con ello quiere demostrar que constituye una herramienta imprescindible en tiempos actuales, además de ser fundamental para la economía local. En tales condiciones, no se advierte la existencia de interés superior que autorice prohibir que la amparista intervenga en un concurso público y poder ejercer en el caso de ser seleccionada su derecho a la libre expresión", concluyó el magistrado.
Por lo tanto "el primer párrafo del artículo 45 de la Ley 22.285 y las normas dictadas en su consecuencia, en cuanto impiden que participe en concurso para la obtención de una licencia por no constituir una sociedad comercial resultan violatorias de los artículos 14, 16, 28 y 75 inciso 23 de la Constitución Nacional".
esto vale también para peticionar una adjudicación directa de servicios complementarios de radiodifusión, como la TV por cable.

Otro fallo favorable a cooperativa jujeña
Fuente: DyN
Fecha: 11/05/05

La justicia jujeña avaló un fallo en primera instancia que declaró inconstitucional el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión y habilitó judicialmente a un cooperativa telefónica provincial a prestar complementariamente el servicio de TV por cable. Se trata de la Cooperativa Telefónica de la localidad jujeña de Libertador General San Martín que presentó un recurso de amparo ante la justicia provincial, porque a pesar de tener firme un fallo, el COMFER continuaba suspendiendo la entrega de pliegos. El juez federal jujeño Mariano Wenceslao Cardozo hizo lugar a la acción, y sostuvo en su sentencia que las "personas jurídicas sin fines de lucro, contribuyen al desarrollo del bien común" y "no surge una razón de alto voltaje social que justifique bloquear el derecho constitucional" a acceder a los medios de comunicación". por lo que, "no resulta atendible el argumento formulado por el COMFER", en base al que demora el acceso de las cooperativas a la radiodifusión, fundado en que "el Poder Legislativo Nacional se encuentra abocado al tratamiento de diversos proyectos de la ley de radiodifusión, en especial lo referente al articulado que refiere a las personas jurídicas potenciales sujetos de radiodifusión". se agregó, en el pronunciamiento judicial, que "la Cooperativa funciona desde 1969, brindando telecomunicación a la población de Libertador General San Martín, licencia que en 1992 le fue otorgada en régimen de exclusividad por la presidencia; en 1994 incorporó el discado directo internacional, y actualmente al haber instalado fibra óptica brinda Internet, transmisión de datos, videos conferencias, entre otros servicios". "con ello quiere demostrar que constituye una herramienta imprescindible en tiempos actuales, además de ser fundamental para la economía local. En tales condiciones, no se advierte la existencia de interés superior que autorice prohibir que la amparista intervenga en un concurso público y poder ejercer en el caso de ser seleccionada su derecho a la libre expresión", concluyó el magistrado. Por lo tanto "el primer párrafo del artículo 45 de la Ley 22.285 y las normas dictadas en su consecuencia, en cuanto impiden que participe en concurso para la obtención de una licencia por no constituir una sociedad comercial resultan violatorias de los artículos 14, 16, 28 y 75 inciso 23 de la Constitución Nacional". esto vale también para peticionar una adjudicación directa de servicios complementarios de radiodifusión, como la TV por cable.

Cambios accionarios en Torneos y Competencias
Fuente: Radiodifusión-data
Fecha: 09/05/05

en las últimas semanas, hubo un cambio en cuanto al capital accionario del grupo Torneos y Competencias (TyC).
por una parte, la estadounidense Liberty Media vendió el 40% de sus acciones al fondo de inversión de origen suizo FTR, en aproximadamente 20 millones de dólares. Mientras que el Grupo Hicks, que poseía el 20% del paquete accionario, lo transfirió a un grupo económico encabezado por Fred Vierra, ex gerente general de Cablevisión.
Estos movimientos satisfacen la solicitud de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), quien había recomendado que el Grupo Hicks debía deshacerse de sus acciones en Torneos y Competencias para poder concretar con Fox Sports Internacional la creación de la empresa Fox Pan American Sports. Fox Sports International y TyC concentraban mas del 70% mercado dedicado a la producción de contenidos deportivos, por lo cual la CNCD consideró que ambas empresas debían mantener una independencia accionaria.
Por su parte, Liberty Media posee la totalidad de la productora de contenidos Pramer y sólo la mitad de Cablevisión (ya que vendió la otra mitad). también se desprendió del 10% de Fox Pan American Sports, adquiridas por su antiguo socio, el Grupo Hicks.
De esta forma, la composición accionaria de TyC quedó conformada en un 20% por Fred Vierra Group, 20% por Telefónica Media, 20% por la dupla Carlos Ávila - Luis Nofal (quienes mantienen el gerenciamiento) y el 40% restante en manos del entrante FTR.

El Comfer medirá índice de violencia en la televisión argentina
Fuente: Infobae
Fecha: 06/05/05

El organismo, intervenido por Julio Bárbaro, encargó al decano de la Facultad de Ciencias Sociales la elaboración de un sistema de medición sobre este índice
El Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) está elaborando el Índice de Violencia de la Televisión Argentina (IVTV), destinado a medir la exposición de la violencia en todas sus formas dentro de los contenidos de televisión.
El Interventor del Comfer, Julio Bárbaro, aseguró en un comunicado de prensa de la entidad que "dicho informe pretende colectar datos sobre la producción audiovisual que se emite a través de los canales de televisión abierta, con el objeto de que se constituya en un instrumento idóneo de relevamiento sistemático y longitudinal de la magnitud que alcanza la violencia televisiva en nuestro medio".
La problemática de la violencia televisiva -tanto en la ficción como en noticieros- es una de las más debatidas a raíz de su presunta incidencia negativa sobre la conformación de la subjetividad infantil.
"Por ello, el equipo interdisciplinario de investigadores de la Dirección de Fiscalización y Evaluación del Comfer emprendió el presente estudio, con la finalidad de crear una herramienta para el conjunto de actores sociales que intervienen en el proceso de comunicación: usuarios, responsables de programación, organizaciones intermedias y comunidad en general", continúa el comunicado.
Asimismo, Bárbaro solicitó al Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, Federico Schuster y al Director de la Carrera de Comunicación Social de la misma Universidad, Damián Loreti, la colaboración específica en la elaboración del IVTV, debido a sus conocimientos y experiencias acumuladas con relación al tema

Intiman a telefónicas por el servicio universal
Fuente: Página/12
Fecha: 04/05/05

El Gobierno intimará a las empresas de telecomunicaciones a reintegrar a los clientes los montos facturados en concepto de Servicio Universal desde la apertura del mercado a la competencia en diciembre del 2000. La resolución 99 de la Secretaría de Comunicaciones dispone que la Comisión Nacional de Comunicaciones intime a las empresas que trasladaron a los clientes este costo, que debía ser aportado al Fondo de Servicio Universal para financiar la prestación de telefonía en zonas o a grupos no rentables.
El decreto 764 del año 2000, que fijó las normas para la apertura del mercado de telecomunicaciones a la competencia, estableció que las empresas debían aportar el 1 por ciento de su facturación al Fondo de Servicio Universal. Según cálculos extraoficiales, el monto correspondiente a ese porcentaje desde 2001 hasta fines de 2004 supera los 300 millones de pesos.
La resolución recordó que este concepto -que no fue transferido al Estado por las empresas- es "una obligación de aporte de inversión de los prestadores al Fondo Fiduciario de Servicio Universal y en tal carácter no puede ser discriminado en las facturas que los prestadores emiten a sus clientes, ni cobrado a los clientes". El Fondo tiene por objeto financiar los servicios de comunicaciones a los ciudadanos residentes en poblaciones alejadas de los centros urbanos, escuelas rurales y centros de salud de atención primaria, pero nunca fue conformado.
Esta es la primera medida resuelta por la Secretaría de Comunicaciones sobre el tema, después de la gestión de cuatro funcionarios al frente de la secretaría. La resolución se centra en las empresas que trasladaron el 1 por ciento de Servicio Universal a los clientes finales, "cualquiera haya sido la denominación bajo la cual hayan facturado y cobrado tal concepto" a sus usuarios. Entre ese grupo, las que están claramente identificadas son las empresas de telefonía móvil, que desde la apertura discriminaron en las facturas el concepto en cuestión.
La resolución, en los considerandos, hace mención a un planteo del defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, que cita a las empresas CTI, Movicom, Unifón, Personal y Nextel. El consultor Enrique Carrier estimó hoy que las empresas de telefonía móvil facturaron en los últimos cuatro años 16.000 millones de pesos, por lo que el monto acumulado de lo cobrado a los clientes ascendería a 160 millones de pesos.
El analista consideró que "será difícil implementar una devolución del dinero a los clientes", porque muchos ya no son clientes de la misma empresa y porque en un mercado con un 70 por ciento de servicios con tarjeta, la devolución sería en pulsos y tal vez no a la misma persona que hizo el pago.

La Unión Europea tendría televisión digital total en el año 2012
Fuente: Reuters
Fecha: 24/05/05

Europa podría pasar de la televisión analógica tradicional a la televisión digital a comienzos de 2012, con lo que se convertirá en la primera región en todo el mundo en tener este medio completamente digital, propuso el martes la Comisión Europea.
Dos estados miembros de la Unión Europea, Finlandia y Suecia, ya tienen planes para abandonar las emisiones analógicas en 2007 y 2008, pero el organismo de la UE desea acelerar el proceso para que se lleve a cabo en las 25 naciones del bloque.
"Hoy estamos dando la señal desde Bruselas para acelerar el proceso nacional de cambio, para dar a los consumidores la certeza de que si compran equipos digitales podrán utilizarlos en toda la Unión Europea," dijo Martin Selmayr, portavoz de la Comisión para medios de comunicación e información.
La mayoría de los miembros de la UE que han establecido una fecha para el cambio han optado por 2010, mientras que seis han elegido 2012 como último plazo, informó la Comisión.
"Con un 'apagado' completo de la televisión analógica, la UE sería uno de los principales competidores en el mundo entero," señaló Selmayr.
"Recomendando 2012 como plazo límite para que la UE pase a la televisión digital, me gustaría dar una señal política (...) de que la televisión digital pronto será una realidad. Cuanto más pronto completemos el cambio, más rápido nuestros ciudadanos y negocios se beneficiarán," dijo Viviane Reding, comisionada para medios.
"La televisión digital y la emisión de televisión digital necesitan sólo entre un tercio y la mitad del espectro requerido por la televisión tradicional analógica, así que esperamos una gran ganancia económica a partir de un uso más eficiente del espectro, mejor calidad de imagen para los usuarios y más canales disponibles para el público europeo," agregó Selmayr.
El espectro que será liberado por la televisión digital podría ser usado para otros servicios que combinan telefonía móvil y radiodifusión, dijo la Comisión.


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