Episodio
527(05). El regreso de los clones.
Por Santiago Marino
El pasado viernes 20 de Mayo, sorpresivamente,
y sin que el tema aparezca en la agenda pública o genere
debate alguno, el PEN sancionó el Decreto 527/05. El
mismo establece la suspensión del plazo de licencias
de empresas radiodifusión por 10 años. Así,
"los actuales propietarios de medios se ven beneficiados
por una medida que suspende el cómputo de los plazos
que la ley otorga de quince años más diez de prórroga
por única vez extendiendo por otro diez el término
original"(1). Y deja muy lejos la posibilidad de la derogación
de la Ley de Radiodifusión 22285, que lleva la firma
del genocida Jorge Rafael Videla.
El actual gobierno recibió un sistema de medios concentrado,
con alta incidencia del capital extranjero, antidemocrático,
en el cuál muchos son los sectores excluidos de la participación
en la comunicación. La exigencia de poseer fin de lucro
para acceder a la licencia de un medio de radiodifusión
implica la exclusión no sólo de las cooperativas
sino de gran parte de la sociedad civil, ausente en el campo,
relegada a recibir información y consumirla (como mercancía),
incapacitada de participar en los procesos de planificación
de las políticas y de la gestión de los medios.
La herencia incluye también un marco legal autoritario.
En dos años de gobierno no se hizo algo para cambiarlo.
Y, en ocasiones, logró empeorarlo, si se piensa desde
la visión que aquí se comparte, que la democracia
de las comunicaciones es determinante para la democracia de
las sociedades. Un ejemplo claro de cómo se mantiene
esa estructura es la situación del organismo de control.
El COMFER (dependiente de la Secretaría General de la
Presidencia) permanece intervenido desde el advenimiento del
sistema democrático, pues la ley que lo regula define
que su Directorio debe estar integrado por miembros de las Fuerzas
Armadas, entre otros actores. La intervención del organismo
lo coloca, lo mantiene, bajo la órbita del Poder Ejecutivo,
que no interviene, sin embargo, para evitar que deba estar intervenido,
valga el juego de palabras. La herencia se completa con un sistema
de medios públicos gubernamental y poco creíble.
Aún antes de la firma del Decreto 527/05 se podía
plantear la situación de licencias de duración
casi vitalicia. La extensión de los plazos hace pensar
que aquel planteo quedaba corto. Julio Bárbaro -actual
interventor del COMFER- había planteado en 2004 que "habría
que darles diez años más a todos, para mantener
la seguridad jurídica". Y en 2003, en ocasión
de participar de un teórico de cierre de la materia Políticas
y Planificación de la Comunicación, en la Facultad
de Ciencias Sociales, consultado sobre la eventualidad de que
en los últimos días del gobierno de Duhalde estuvo
a la firma un decreto que prorrogaba por diez años las
licencias, Bárbaro lo negaba, expresando que "eso
se discutiría después de la ley. Si se les diera
la continuidad antes de la ley, sería un problema enorme".
El problema es enorme y concreto desde el 20 de mayo de 2005.
Damián Loreti (director de la carrera de Comunicación)
comentaba entonces que "aquel decreto -que no era de necesidad
y urgencia porque no corregía ley, sino que era parte
de una facultad propia del ejecutivo según la ley de
radiodifusión (resolver sobre las prórrogas)-
suspendía el cómputo del plazo de las licencias;
no las renovaba. Sobre la base de varias razones: una de ellas
era económica, y la imposibilidad del COMFER de atender
a la necesidad de reconcursar" (2). La herencia recibida
es reforzada por acciones de gobierno que la consolidan. La
situación de exclusión se mantiene, y nada hace
pensar que esto genere seguridad jurídica. La intervención
en la regulación del sector es otra vez realizada por
decreto, sin discusión pública. Modalidad, sin
embargo, no frecuentada para generar cambios necesarios para
que la Ley tenga elementos más democráticos, como
alterar el artículo 45 (declarado inconstitucional por
la Corte Suprema de Justicia) o la composición del Directorio
del COMFER.
Mediante el Decreto 527/05, se ignoran los plazos y se beneficia
directamente al sector de propietarios de medios, sin tener
en cuenta las exigencias que estos deben cumplir. Es una medida
ilegal, que además carece de argumentos valederos y razonables.
Las metas de contenidos son exigidas aun antes del decreto y
por organismos como la UNESCO y la Convención Universal
de los Derechos del Niño. Y las obligaciones de inversión
en tecnología no parecen indicar un beneficio para los
ciudadanos que componen el conjunto de excluidos de su derecho
de producir información. Y quita de plano la posibilidad
de discutir por una ley de radiodifusión democrática,
que contemple las necesidades de todos los sectores, y que cambie
la situación de que el sector de las comunicaciones esté
encuadrado en un marco legal producido en la Dictadura Militar.
El Decreto 527/05 es un paso adelante en la consolidación
del sistema, es consecuente con el modo en que se regula la
comunicación en democracia. Y es un nuevo paso atrás
en la democratización de las comunicaciones.
(1) Declaración de la Dirección
y Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación,
Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos, Buenos
Aires, 23 de mayo de 2005.
(2) Versión desgrabada del Teórico de Cierre (Políticas
y Planificación de la Comunicación),
03-07-03, www.fsoc.uba.ar/catedras/mastrini
Sorpresiva
prórroga de las licencias de radiodifusión
Por Bernadette Califano y Luis Lozano
El presidente de la Nación Néstor
Kirchner dispuso el pasado viernes 20 de mayo la firma del Decreto
de Necesidad y Urgencia 527/05 mediante el cual se suspenden
"por el plazo de 10 años los términos que
estuvieren transcurriendo de las licencias de servicios de radiodifusión
o sus prórrogas previstos en el artículo 41 de
la Ley N° 22.285 y sus modificatorias."
Es decir que por el término de 10 años, desde
la publicación del decreto en el Boletín Oficial,
no se contabilizará la duración de las licencias
de los servicios sonoros, televisivos y complementarios de todo
el país, según lo establecido por el mencionado
artículo de la Ley de Radiodifusión vigente desde
la última dictadura militar, que data de 1980 y lleva
las firmas de Videla, Harguindeguy y Martínez de Hoz,
entre otras.
Dicho artículo establece que las licencias se otorgan
por quince años con la posibilidad de ser prorrogadas
-por única vez- por diez más, previa autorización
del COMFER (Comité Federal de Radiodifusión).
Esto significa que a partir de la reciente disposición
los nuevos licenciatarios (como la empresa de Mario Pergolini
4k Holding S.A. que acaba de lograr una adjudicación
para explotar la FM 106.9 MHz) acceden automáticamente
a una licencia por el plazo de 25 años, al término
de los cuales pueden solicitar permanecer otros diez.
Las justificaciones para la sanción de un decreto de
tales características radican en la necesidad de que
los medios estén "en manos de empresarios nacionales",
tal como lo expresó el Presidente, y de que las compañías
gocen de mayor estabilidad para lograr la inversión tecnológica
necesaria para llegar a la digitalización de la televisión
y la radio.
Ahora bien, si por empresarios nacionales entendemos al Grupo
Admira (Telefónica) que explota entre otros medios Telefé;
al Grupo Prisa (propietario del diario El País de España,
y socio de Telefónica en emprendimientos de TV en ese
país), dueño de Radio Continental y FM Hit; y
al Grupo CIE (de origen mexicano, al que se adjudica vinculación
con el lavado de dinero ligado a Radio Belgrano, Radio Argentina
y otras) licenciatario de Radio Splendid, América, Rock&Pop,
Metro, Aspen y Blue, estaríamos incurriendo en un grave
error. Quizás el decreto se refiera al "empresario
nacional" Raúl Moneta, actual copropietario de Canal
9 junto con Daniel Hadad -tal como lo destacó el periodista
Horacio Verbitsky en una nota publicada el 29 de mayo en Página
12-quien ocultó al Banco Central su vinculación
con la entidad off-shore Federal Bank para que se le concedieran
beneficios al hoy quebrado Banco República, asociado
desde 1992 con el CEI (Citicorp Equity Investment).
por otra parte, en lo que al fin tecnológico se refiere,
es sabido que al gozar de estabilidad a nadie le sería
difícil conseguir créditos para nuevas inversiones.
Sin embargo, bajo este objetivo se encubre otro, orientado a
beneficiar específicamente a empresas que se encuentran
refinanciando sus deudas y cuyos vencimientos de pagos excedían
los términos de sus licencias. Es el caso de Telearte
S.A., licenciataria de Canal 9, que se encuentra en concurso
de acreedores y por este decreto podrá extender una garantía
de confianza hasta el 2019, ya que ahora su licencia no expira
en mayo de 2009. De esta manera, no sólo recibe el beneficio
de poder explotar el medio durante un período más
sino que así presenta mejores condiciones para negociar
con el aumento de valor de su compañía.
De manera similar se benefician Radio Continental (Grupo Prisa),
Radio Mitre (Grupo Clarín), Radio Rivadavia (en convocatoria
de acreedores) y Radio del Plata (Grupo Ideas del Sur), cuyas
licencias caducaban en 2008. Canal 13 (Grupo Clarín)
y Canal 11 (Telefónica) extenderán sus licencias
hasta 2025, puesto que recién accedieron a la prórroga
por 10 años en enero de este año, mientras que
el canal América continuará en manos de Ávila
y Vila/Manzano hasta 2022. También resultaron favorecidos
Multicanal y Cablevisión, cuya explotación se
extenderá ahora hasta 2016, y los canales del interior
del país.
Además, el Decreto 527 establece la necesidad de impulsar
programas culturales. Para tal fin, el artículo 3 dispone
que durante el plazo de dos años cada licenciatario "deberá
elevar al COMFER para su aprobación un espacio de programación
que contribuya a la defensa de la cultura nacional y a la educación
de la población."
No deja de ser curioso que la firma de este decreto coincida
con los fuertes cuestionamientos respecto de la calidad de los
programas televisivos y su sistemática violación
del horario de protección al menor con escenas inadecuadas
de sexo, siendo que los actuales licenciatarios adeudan millones
de pesos en concepto de multas al COMFER por estas infracciones.
Nadie querría creer que dichas multas se cambiarán
en un futuro por publicidad oficial.
Una historia que parece repetirse
Durante la presidencia de Eduardo Duhalde, en el año
2002, los principales multimedios habían impulsado un
decreto similar, aunque la excusa en aquel entonces fue el estado
de "emergencia económica y política"
por la que atravesaba el país luego del estallido de
2001.
El nuevo decreto de 2005
está sustentado en una "emergencia comunicacional"
ya que, según lo entiende la Presidencia de la Nación,
a pesar de haberse superado la etapa más difícil
de la crisis, "la situación de los medios audiovisuales
necesita un horizonte de previsibilidad que involucre los plazos
mínimamente necesarios para recomponer su situación
económico-financiera." Dicha "emergencia"
produjo el traspaso de una deuda del multimedia Clarín,
que supera los 2 mil millones de dólares, a la sociedad
argentina que deberá pagar a presente y futuro.
Quienes sostienen que,
en realidad, la continuidad jurídica del Estado recoge
en la actualidad "el legado" que dejó la dictadura
militar, podrían explicar la medida del ejecutivo de
Kirchner recordando que el Gral. Jorge Rafael Videla incluyó
en 1980 el artículo 112 a la Ley 22.285 que aún
rige la radiodifusión en la Argentina, por el cual se
dispuso no contabilizar los plazos de las licencias vigentes
hasta ese momento, pudiendo los licenciatarios regirse por el
artículo 41 de dicha ley, como si recién a partir
de entonces empezasen a transmitir.
Cualquier similitud con
la actualidad, es pura consecuencia.
La democracia, para otro día
Entre tantos dichos y supuestos, surge finalmente una pregunta:
¿por qué una medida tan trascendente, que afecta
a la totalidad de la ciudadanía -entendiendo a la comunicación
y a la información como un derecho humano fundamental
y necesario para la vida en democracia-, ha sido tan poco difundida
y su sanción se ha producido por decreto, sin que medie
debate parlamentario ni discusión pública al respecto?
Si analizamos los principales
medios gráficos del sábado 21 de mayo, día
posterior a la firma del decreto, el tratamiento dado a la noticia
es ínfimo. Salvo el caso de La Nación, ninguno
de los restantes diarios de mayor tirada presenta la nota en
tapa y las coberturas que asoman en el interior son escuetas
y poco desarrolladas.
En Clarín se publica
una pequeña noticia en la sección "Sociedad"
(página 56) donde apenas ocupa un cuarto de página,
adosada a una fotografía del presidente Néstor
Kirchner junto al ministro Alberto Fernández. La nota
carece de firma y referencia a fuente alguna.
Página 12 ofrece
una cobertura aún menor, ubica a la noticia -también
carente de firma- en la sección "Espectáculos"
(!) junto a una nota acerca de los premios del Festival de Cannes
y otra más extensa referida al CD que saldrá a
la venta al día siguiente con el diario.
La Nación es el
medio gráfico que le dedica mayor atención a la
sanción del decreto, con un artículo ubicado en
la sección "Cultura", que lleva la firma de
Susana Reinoso y hace un análisis algo más crítico.
No es un hecho menor señalar que la composición
accionaria de este diario no posee medios televisivos ni radiales.
Sorprendió la ausencia
de tratamiento por parte del siempre crítico del gobierno
Ámbito Financiero. Si bien este diario no se imprime
durante el fin de semana, sucede lo mismo con El Cronista Comercial,
lo que no impidió que este último publicase la
noticia el lunes 23 de mayo.
Por otra parte, resulta
llamativo encontrarse con una ley que rige la radio y la televisión
de la democracia que haya sido sancionada por un gobierno de
facto y aún, luego de 25 años, no haya podido
cambiarse ni derogarse (mediante una resolución tan rápida
y sencilla como es la firma de un decreto, tal como sucedió
de un día para el otro con el 527/05), y la simple reforma
de su art. 45 (que excluye a las organizaciones sin fines de
lucro de la posibilidad de acceder a una licencia de radiodifusión)
sea objeto de miles de debates en el Congreso de la Nación
sin llegar todavía a ningún acuerdo. A todo esto,
Diputados y Senadores mantienen amordazados y en los cajones
los diferentes proyectos de reformulación de dicha ley.
Para su aprobación hace falta discutir la propiedad de
los medios desde el poder en un momento histórico en
el que no existen en la Argentina medios públicos, lo
que significa que la sociedad tiene un minúsculo lugar
en los mismos.
Nuevamente la política
comunicacional del país se resuelve por decreto, sin
ningún tipo de debate público, favoreciendo a
los grandes grupos económicos y perjudicando a la ciudadanía
tanto en su capacidad de acceso a los medios como en su derecho
a estar bien informado.
Declaración
de la Dirección y Junta de la Carrera de Ciencias de
la Comunicación sobre el Decreto 527/05
ANTE LA POLÍTICA COMUNICACIONAL DEL GOBIERNO NACIONAL
El viernes 20 de mayo,
sorpresivamente y sin que mediara ninguna discusión ni
reclamo público, el gobierno nacional sancionó
el Decreto 527/05 que establece de suspensión del plazo
de licencias de empresas de radiodifusión por 10 años.
De esta manera los actuales propietarios de medios se ven beneficiados
por una medida que suspende el cómputo de los plazos
que la ley otorga de quince más diez de prórroga
por única vez extendiendo por otros diez el término
original.
Ante esta decisión, que
supone la definición de una línea de política
comunicacional de parte del gobierno acorde a los intereses
de los propietarios de medios de comunicación, la Dirección
y la Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación
de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos
Aires rechazan y deploran la sanción del Decreto 527/2005
por los siguientes motivos:
- Una vez más, la política
de comunicación se resuelve por decreto sin discusión
pública. Mientras la ley de radiodifusión 22.285/80,
sancionada por la dictadura militar, sigue vigente y excluyendo
de la posibilidad de ser propietarios a gran parte de los miembros
de la sociedad argentina (en particular a las organizaciones
sin fines de lucro). El gobierno otorga un beneficio inaudito
a los propietarios de medios de comunicación que formaron
grandes grupos concentrados durante la década de los
´90.
- Así, por decreto, se ignoran plazos y condiciones de
extensión de los mismos, debido a que para su prórroga
se requiere el cumplimiento de compromisos asumidos por los
licenciatarios. Tampoco se toman en cuenta las sanciones existentes
ni las irregularidades en las titularidades que, hasta las propias
autoridades, han hecho públicas: tanto por origen del
capital como por la cantidad de medios en un área de
cobertura.
- El Decreto 527/2005 beneficia especialmente a quienes tenían
licencias que vencían indefectiblemente en el año
2007, luego de 25 años, dado que habían sido renovadas
automáticamente durante la dictadura militar en 1982.
- Los beneficiarios de esta medida han sido quienes ganaron
los concursos apoyados, en muchos casos en las leyes discriminatorias
de los gobiernos militares y, en otros, en las reformas neoliberales
de la década de los años 90. En la mayoría
de los casos de los actuales titulares de los medios más
poderosos, el único mérito para llegar a ser licenciatarios
ha sido contar con fondos suficientes o créditos tomados
(sobre todo en el exterior) para comprar canales y radios.
- La metodología del decreto, aunque criticable, pudo
haber sido usada antes que para esta decisión de conservadora
política de comunicación, para modificar el artículo
45 de la ley de radiodifusión, que sigue excluyendo a
los sectores no comerciales de la posibilidad de tener una licencia.
Hace 20 años que esta reforma es esperada. En la Argentina,
la ley de la dictadura militar excluye a las entidades sin fines
de lucro de la posibilidad de ser licenciatarios. Si bien este
artículo 45 fue declarado inconstitucional por la Corte
Suprema en el año 2003, sigue vigente porque el Congreso
no aprueba su reforma. Sin embargo, para el gobierno tiene más
necesidad y urgencia de prorrogar el plazo de las licencias
de los poderosos, que permitir que la sociedad civil pueda acceder
a los medios de comunicación.
- La suspensión del plazo implica que todos los argentinos,
que hoy no son propietarios de medios de comunicación,
deberán esperar 10 años más para intentar
formar parte del sistema de radiodifusión, salvo que
se abran nuevos canales de televisión y radios.
- Algunas empresas de medios se han beneficiado -especialmente-
porque el programa de pagos de la refinanciación sus
deudas excede el término de sus licencias y, por lo tanto,
no se podía asegurar su cumplimiento. Este cambio de
escenario facilita su programa económico-financiero.
- El decreto 527/05 otorga la suspensión del plazo de
las licencias sin establecer ninguna contraprestación
de parte de los beneficiarios. Es irrisorio pedir al mercado
que haga propuestas de responsabilidad de contenidos y culturales.
No sólo porque la Constitución Nacional (art.
75 inc. 19) obliga a promover el espacio audiovisual nacional
y la ley vigente ya lo exige y no se cumple sino, también,
porque la defensa de los servicios y productos de la cultura
audiovisual requiere políticas activas y definidas. No
resulta convincente plantear que los beneficiarios de esta medida
ilegal propongan como contrapartida espacios educativos. Para
los Estados, alentar la creación de estos espacios es
un mandato emanado de la Convención Universal de Derechos
del Niño, así como el fomento al pluralismo y
a la defensa de la diversidad de minorías lingüísticas.
- Es un pretexto fijar obligaciones de actualización
de tecnologías para extender los plazos. Si fuera posible
considerarlo como argumento, y con la velocidad de las innovaciones,
las licencias deberían ser eternas, desconociendo que
utilizan un recurso escaso como las frecuencias radioeléctricas,
cuya administración corresponde al Estado Nacional.
- No es tampoco aceptable sostener que esto asegura fuentes
de empleo o libertad de prensa. Los procesos de concentración
no lo hicieron. Tampoco lo garantizan las tecnologías.
Sí lo hacen el pluralismo, la diversidad y la democratización
de la palabra y las expresiones culturales y artísticas.
- Luego de este decreto, el tratamiento de una posible ley de
la democracia queda más lejos aún que antes. Los
grupos concentrados ya tienen lo que necesitaban. El Poder Ejecutivo
dio muestras claras de no estar dispuesto a discutirla: lo único
que entiende necesario y de urgencia lo resuelve con su sola
y única voluntad.
Buenos Aires, 23
de mayo de 2005.
Dirección y Junta de
la Carrera de Ciencias de la Comunicación - Facultad
de Ciencias Sociales - Universidad de Buenos Aires.
Seminario
de Acceso a la información pública
por Cecilia Labato y Magdalena Restovich
A pesar de que Argentina aún no cuenta con una ley
nacional sobre el derecho de acceso a la información
pública, su ejercicio está garantizado por la
Constitución Nacional, a través de tratados internacionales
y algunas normas locales. Sin embargo, son muy pocos los que
ponen en práctica este derecho básico dentro de
un régimen democrático. La ausencia de legislación,
ciertas falencias operativas de los organismos gubernamentales
encargados de brindar la información y la falta de hábito
en los ciudadanos son algunas de las causas que inciden para
que el ejercicio de este derecho no se vuelva una práctica
cotidiana. Por eso, para discutir sobre de la necesidad de sancionar
leyes que regulen este derecho y su forma de implementación,
se realizó en Buenos Aires el primer Seminario Internacional
de Acceso a la Información Pública, organizado
por ADC (Asociación por los Derechos Civiles), CIPPEC
(Centro de Implementación de Políticas públicas
para la Equidad y el Crecimiento), y el British Council. Allí,
organizaciones civiles, funcionarios del gobierno nacional y
especialistas del tema a nivel nacional e internacional analizaron
- a la luz de las experiencias de distintos países -
cuáles son los estándares internacionales a los
que debe ajustarse una ley de acceso a la información
pública.
El principal punto en el que todos coincidieron es en el principio
de "Legitimación Activa" según el cual
ningún solicitante tiene la obligación de justificar
los fines del pedido. "Sería tan irrisorio como
preguntar por qué o para qué quiero ejercer mi
derecho a vivir", remarcó Helen Darbishire - representante
de la Open Society Justice Initiative, otra de las instituciones
organizadoras del Seminario -. Además, la solicitud de
los datos debe regirse por el principio de informalidad: no
deben existir trabas burocráticas. Un buen ejemplo a
seguir es el de Perú donde, según explicó
Samuel Abad de la Defensoría del Pueblo, los pedidos
de hábeas data ya no requieren la firma de un abogado.
En el mismo sentido, el intendente de Morón Martín
Sabatella contó que el Municipio logró que la
oralidad tuviera el mismo status que los pedidos por escrito.
Otro punto que no debe interceder en el uso este derecho tiene
que ver con el arancelamiento: no puede ser excesivo, debe abarcar
el costo de las copias, el envío o un mínimo por
el tiempo empleado en dar respuesta. Si fuera costoso, se estaría
operando una discriminación y se volvería un derecho
sólo para elites.
Algunos de los especialistas consideran que un organismo de
aplicación no es necesario, pero si recomendable para
lograr un mejor funcionamiento del derecho, dado que los países
que cuentan con este ente, ganan en efectividad. María
Marván Laborde, del Instituto Federal de Acceso a la
Información pública (IFAI) de México explicó
que el organismo que preside publica un ranking de los órganos
que responden mejor o peor a los pedidos y esta presión
contribuyó a elevar el nivel de rendimiento.
La experiencia argentina
No existe organismo de aplicación ni ley. Lo más
parecido es el monitoreo de aplicación del decreto 1172/03
(que regula el acceso a la información pública
a nivel del Poder Ejecutivo) desde la sociedad civil: "Realizamos
una convocatoria y se ofrecieron cuatro organismos del Estado
para participar en esta experiencia - explicó Natalia
Torres, coordinadora del Área de Transparencia del CIPPEC-.
Analizamos las condiciones de aplicación, las acciones
de implementación, el circuito de recepción de
pedidos y provisión de información y cómo
se elaboraba la respuesta y vimos que respondían positivamente.
Claro, que todos sabían que los estábamos monitoreando",
concluyó.
Laura Zommer, docente de la carrera de Ciencias de Comunicación
de la Universidad de Buenos Aires (UBA), expuso otro monitoreo,
pero desde la academia: "A raíz de un trabajo donde
los alumnos tenían que ejercitar su derecho de acceder
a datos públicos, comprobamos que las autoridades parecen
elegir el silencio para no responder: la mayoría de los
organismos ni siquiera acusó aviso".
Del otro lado, el Dr. Marcelo Bermolén, de la Subsecretaría
para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la democracia,
reconoció que "a veces es muy difícil dar
una respuesta dentro del marco establecido de 20 días.
Pero también es cierto que se ha instalado en la gente
el hábito de no conocer, por eso hay que educar a la
sociedad a interesarse por esa información". Contradictoriamente,
destacó el creciente interés de la ciudadanía:
"Durante el año 2004, los distintos municipios se
contestaron más de 1.000 pedidos por mail sobre sueldos
de ministros, gastos públicos, licitaciones, convenios,
subsidios otorgados, viajes del presidente, listados de asesores
de ministros e inversiones públicas del Estados, entre
otros"
El derecho de unos pocos:
estado de la ley
es difícil pensar en herramientas que tiendan a generar
este hábito en la sociedad cuando el Congreso Nacional
pone trabas al desarrollo del mismo. Las modificaciones que
el Senado introdujo al proyecto de ley de Acceso a la Información
Pública en diciembre de 2004, están en el ojo
de la tormenta. "El senado socava las reglas mínimas",
dijo la diputada por el ARI Marcela Rodríguez. Y socava
la principal: establece la legitimidad pasiva (tener que justificar
el pedido), cuando se les pregunta porqué se lo introdujo,
responden que es para "fines estadísticos".
Las modificaciones, además, establecen requisitos burocráticos
e incorporan nuevas excepciones que no son enunciadas de forma
taxativa, por lo que deja a discrecionalidad del funcionario
la definición de qué es reservado y qué
no. Debido a estas falencias la ley reingresó a Diputados,
donde se deberán ratificar los cambios o insistir con
el proyecto original. En ese sentido, Rodríguez dijo
que "la discusión es entre tener una ley no tan
buena, pero tenerla, o hacer una buena ley. Una ley con problemas
y jugar por otras vías o presionar por una ley mejor".
Una cuestión cultural
Un derecho excede a una ley debido a que tiene implicaciones
culturales y estructurales más profundas. "Hay que
revertir la Cultura del Secreto", fue el lema que guió
las jornadas y María Marván Laborde resumió
"la gran diferencia" entre las distintas sociedades:
"En la cultura anglosajona, la manera de protegerse es
documentar la función, distinto de la cultura del secreto
latinoamericana que es destruir o llevarse los documentos de
la gestión". es muy difícil revertir esta
cultura del secreto sin políticas públicas tendientes
a educar a la ciudadanía para que puedan aplicar este
derecho. "Hay que orientarse a ciudadanos competentes",
opinó Marta Oyhanarte, subsecretaria para la Reforma
Institucional y Fortalecimiento de la Democracia de la Jefatura
de Gabinete. No parece suficiente una ley, es necesaria la capacitación
de los empleados para que den al ciudadano la información,
pero el ciudadano tiene que aprender a contar con ese derecho,
y saber usarlo. Por eso, Oyhanarte tituló su exposición
como "Caminamos... que no es poco. En este camino de construcción
recíproca, hoy estamos casi en un meseta, se necesitan
recursos humanos, técnicos, educación, capacitación,
y una campaña de comunicación".
Lanzarán
un canal educativo para docentes y alumnos
Fuente: Diario Hoy
Fecha: 25/05/05
El gobierno anunció hoy el lanzamiento un canal educativo
destinado a docentes y alumnos de todo el país con el
objetivo "de fortalecer y complementar las políticas
de equidad y mejoramiento de la educación".
Así lo adelantó el ministro de Educación,
Daniel Filmus, al término de una reunión donde
el presidente Néstor Kirchner firmó el decreto
que encomienda a esa cartera articular las medidas necesarias
para poner en funcionamiento la señal.
El nuevo canal "buscará la convergencia con Internet
a través del portal Educ.ar", explicó Filmus.
Asimismo, afirmó que hasta tanto se cuente con la señal
propia, lo que está previsto para marzo del 2006, ese
ministerio distribuirá en los actuales canales abiertos
y de cable programas con producción propia y los realizados
a través de convenios con entidades educativas tanto
públicas como privadas, nacionales y de otros países.
Sus destinatarios serán alumnos y docentes de los distintos
niveles educativos y jóvenes y adultos de sectores vulnerables
de la sociedad.
"Estamos convencidos que un canal educativo de alcance
nacional favorecerá el acceso al conocimiento de amplios
sectores de la población", dijo el funcionario.
En este sentido, al dar detalles de la iniciativa en la Casa
de Gobierno, explicó que "el objetivo es colocar
a la televisión al servicio de la educación como
se hace en la mayoría de los países".
luego de resaltar la importancia del proyecto, Filmus resaltó
especialmente que "habrá una programación
específica" para las 12.000 escuelas rurales que
hay en el territorio nacional.
Según el decreto correspondiente, "el gasto que
demande la instrumentación de la presente medida será
atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto
vigente del ministerio de Educación".
El Comfer advirtió a los canales
Fuente: Pregón
Fecha: 22/05/05
El Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) advirtió
a los responsables de los contenidos de los canales de televisión
por el "incremento notorio y excesivo" de programas
con "una alta carga de sexualidad en sus contenidos",
incluso durante el horario de protección al menor.
El organismo indicó al respecto que ya está "actuando
con la mayor firmeza posible para revertir dicha tendencia"
en las pantallas argentinas.
En este sentido, el Comfer les recordó a los programadores
televisivos que las actuales normas sobre contenidos fueron
diseñadas para cumplir con "la protección
de los niños que se encuentran en plena formación
física e intelectual".
A través de un comunicado, el organismo encabezado por
Julio Bárbaro recalcó que diariamente controla
el contenido de las emisiones televisivas y "ha notado
un incremento en las referencias sexuales de los programas,
especialmente durante el horario de protección al menor
(8:00 a 22:00)".
en este sentido, apeló "expresamente a que los responsables
de los contenidos adopten todos los recaudos necesarios para
adecuar aquellos a las Pautas Básicas para los Contenidos
de Radiodifusión".
El Comité recordó que estas normas "fueron
firmadas de mutuo acuerdo en noviembre de 2002 entre este Organismo,
los titulares de las licencias, la Asociación de Teleradiodifusoras
Argentinas (ATA), la Cámara Argentina de Productores
Independientes de Televisión (CAPIT), la Asociación
Argentina de Televisión por Cable (ATVC) y la Asociación
de Radiodifusoras Privadas Argentinas (ARPA)".
La
Cooperativa de Libertador General San Martín podrá
prestar servicios de televisión por cable
Fuente: www. enREDando.org.ar
Fecha: 16/05/05
El Departamento de Prensa de COOPERAR, a través de una
entrega de prensa, informó que la justicia avaló
un fallo en primera instancia que declaró inconstitucional
el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión y habilitó
judicialmente a la cooperativa telefónica de Libertador
General San Martín a prestar el servicio de TV por cable.
La Cooperativa Telefónica de Libertador General San Martín
presentó un recurso de amparo ante la justicia provincial,
porque a pesar de tener firme un fallo, el COMFER continuaba
suspendiendo la entrega de pliegos.
El juez federal Mariano Wenceslao Cardozo hizo lugar a la acción,
y sostuvo en su sentencia que las "personas jurídicas
sin fines de lucro, contribuyen al desarrollo del bien común"
y "no surge una razón de alto voltaje social que
justifique bloquear el derecho constitucional" a acceder
a los medios de comunicación".
por lo que, "no resulta atendible el argumento formulado
por el COMFER", en base al que demora el acceso de las
cooperativas a la radiodifusión, fundado en que "el
Poder Legislativo Nacional se encuentra abocado al tratamiento
de diversos proyectos de la ley de radiodifusión, en
especial lo referente al articulado que refiere a las personas
jurídicas potenciales sujetos de radiodifusión".
Se agregó, en el pronunciamiento judicial, que "la
Cooperativa funciona desde 1969, brindando telecomunicación
a la población de Libertador General San Martín,
licencia que en 1992 le fue otorgada en régimen de exclusividad
por la presidencia; en 1994 incorporó el discado directo
internacional, y actualmente al haber instalado fibra óptica
brinda Internet, transmisión de datos, videos conferencias,
entre otros servicios".
"Con ello quiere demostrar que constituye una herramienta
imprescindible en tiempos actuales, además de ser fundamental
para la economía local. En tales condiciones, no se advierte
la existencia de interés superior que autorice prohibir
que la amparista intervenga en un concurso público y
poder ejercer en el caso de ser seleccionada su derecho a la
libre expresión", concluyó el magistrado.
Por lo tanto "el primer párrafo del artículo
45 de la Ley 22.285 y las normas dictadas en su consecuencia,
en cuanto impiden que participe en concurso para la obtención
de una licencia por no constituir una sociedad comercial resultan
violatorias de los artículos 14, 16, 28 y 75 inciso 23
de la Constitución Nacional".
esto vale también para peticionar una adjudicación
directa de servicios complementarios de radiodifusión,
como la TV por cable.
Otro
fallo favorable a cooperativa jujeña
Fuente: DyN
Fecha: 11/05/05
La justicia jujeña avaló un fallo en primera instancia
que declaró inconstitucional el artículo 45 de
la Ley de Radiodifusión y habilitó judicialmente
a un cooperativa telefónica provincial a prestar complementariamente
el servicio de TV por cable. Se trata de la Cooperativa Telefónica
de la localidad jujeña de Libertador General San Martín
que presentó un recurso de amparo ante la justicia provincial,
porque a pesar de tener firme un fallo, el COMFER continuaba
suspendiendo la entrega de pliegos. El juez federal jujeño
Mariano Wenceslao Cardozo hizo lugar a la acción, y sostuvo
en su sentencia que las "personas jurídicas sin
fines de lucro, contribuyen al desarrollo del bien común"
y "no surge una razón de alto voltaje social que
justifique bloquear el derecho constitucional" a acceder
a los medios de comunicación". por lo que, "no
resulta atendible el argumento formulado por el COMFER",
en base al que demora el acceso de las cooperativas a la radiodifusión,
fundado en que "el Poder Legislativo Nacional se encuentra
abocado al tratamiento de diversos proyectos de la ley de radiodifusión,
en especial lo referente al articulado que refiere a las personas
jurídicas potenciales sujetos de radiodifusión".
se agregó, en el pronunciamiento judicial, que "la
Cooperativa funciona desde 1969, brindando telecomunicación
a la población de Libertador General San Martín,
licencia que en 1992 le fue otorgada en régimen de exclusividad
por la presidencia; en 1994 incorporó el discado directo
internacional, y actualmente al haber instalado fibra óptica
brinda Internet, transmisión de datos, videos conferencias,
entre otros servicios". "con ello quiere demostrar
que constituye una herramienta imprescindible en tiempos actuales,
además de ser fundamental para la economía local.
En tales condiciones, no se advierte la existencia de interés
superior que autorice prohibir que la amparista intervenga en
un concurso público y poder ejercer en el caso de ser
seleccionada su derecho a la libre expresión", concluyó
el magistrado. Por lo tanto "el primer párrafo del
artículo 45 de la Ley 22.285 y las normas dictadas en
su consecuencia, en cuanto impiden que participe en concurso
para la obtención de una licencia por no constituir una
sociedad comercial resultan violatorias de los artículos
14, 16, 28 y 75 inciso 23 de la Constitución Nacional".
esto vale también para peticionar una adjudicación
directa de servicios complementarios de radiodifusión,
como la TV por cable.
Cambios
accionarios en Torneos y Competencias
Fuente: Radiodifusión-data
Fecha: 09/05/05
en las últimas semanas, hubo un cambio en cuanto al capital
accionario del grupo Torneos y Competencias (TyC).
por una parte, la estadounidense Liberty Media vendió
el 40% de sus acciones al fondo de inversión de origen
suizo FTR, en aproximadamente 20 millones de dólares.
Mientras que el Grupo Hicks, que poseía el 20% del paquete
accionario, lo transfirió a un grupo económico
encabezado por Fred Vierra, ex gerente general de Cablevisión.
Estos movimientos satisfacen la solicitud de la Comisión
Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), quien había
recomendado que el Grupo Hicks debía deshacerse de sus
acciones en Torneos y Competencias para poder concretar con
Fox Sports Internacional la creación de la empresa Fox
Pan American Sports. Fox Sports International y TyC concentraban
mas del 70% mercado dedicado a la producción de contenidos
deportivos, por lo cual la CNCD consideró que ambas empresas
debían mantener una independencia accionaria.
Por su parte, Liberty Media posee la totalidad de la productora
de contenidos Pramer y sólo la mitad de Cablevisión
(ya que vendió la otra mitad). también se desprendió
del 10% de Fox Pan American Sports, adquiridas por su antiguo
socio, el Grupo Hicks.
De esta forma, la composición accionaria de TyC quedó
conformada en un 20% por Fred Vierra Group, 20% por Telefónica
Media, 20% por la dupla Carlos Ávila - Luis Nofal (quienes
mantienen el gerenciamiento) y el 40% restante en manos del
entrante FTR.
El Comfer
medirá índice de violencia en la televisión
argentina
Fuente: Infobae
Fecha: 06/05/05
El organismo, intervenido por Julio Bárbaro, encargó
al decano de la Facultad de Ciencias Sociales la elaboración
de un sistema de medición sobre este índice
El Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) está
elaborando el Índice de Violencia de la Televisión
Argentina (IVTV), destinado a medir la exposición de
la violencia en todas sus formas dentro de los contenidos de
televisión.
El Interventor del Comfer, Julio Bárbaro, aseguró
en un comunicado de prensa de la entidad que "dicho informe
pretende colectar datos sobre la producción audiovisual
que se emite a través de los canales de televisión
abierta, con el objeto de que se constituya en un instrumento
idóneo de relevamiento sistemático y longitudinal
de la magnitud que alcanza la violencia televisiva en nuestro
medio".
La problemática de la violencia televisiva -tanto en
la ficción como en noticieros- es una de las más
debatidas a raíz de su presunta incidencia negativa sobre
la conformación de la subjetividad infantil.
"Por ello, el equipo interdisciplinario de investigadores
de la Dirección de Fiscalización y Evaluación
del Comfer emprendió el presente estudio, con la finalidad
de crear una herramienta para el conjunto de actores sociales
que intervienen en el proceso de comunicación: usuarios,
responsables de programación, organizaciones intermedias
y comunidad en general", continúa el comunicado.
Asimismo, Bárbaro solicitó al Decano de la Facultad
de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, Federico
Schuster y al Director de la Carrera de Comunicación
Social de la misma Universidad, Damián Loreti, la colaboración
específica en la elaboración del IVTV, debido
a sus conocimientos y experiencias acumuladas con relación
al tema
Intiman
a telefónicas por el servicio universal
Fuente: Página/12
Fecha: 04/05/05
El Gobierno intimará a las empresas de telecomunicaciones
a reintegrar a los clientes los montos facturados en concepto
de Servicio Universal desde la apertura del mercado a la competencia
en diciembre del 2000. La resolución 99 de la Secretaría
de Comunicaciones dispone que la Comisión Nacional de
Comunicaciones intime a las empresas que trasladaron a los clientes
este costo, que debía ser aportado al Fondo de Servicio
Universal para financiar la prestación de telefonía
en zonas o a grupos no rentables.
El decreto 764 del año 2000, que fijó las normas
para la apertura del mercado de telecomunicaciones a la competencia,
estableció que las empresas debían aportar el
1 por ciento de su facturación al Fondo de Servicio Universal.
Según cálculos extraoficiales, el monto correspondiente
a ese porcentaje desde 2001 hasta fines de 2004 supera los 300
millones de pesos.
La resolución recordó que este concepto -que no
fue transferido al Estado por las empresas- es "una obligación
de aporte de inversión de los prestadores al Fondo Fiduciario
de Servicio Universal y en tal carácter no puede ser
discriminado en las facturas que los prestadores emiten a sus
clientes, ni cobrado a los clientes". El Fondo tiene por
objeto financiar los servicios de comunicaciones a los ciudadanos
residentes en poblaciones alejadas de los centros urbanos, escuelas
rurales y centros de salud de atención primaria, pero
nunca fue conformado.
Esta es la primera medida resuelta por la Secretaría
de Comunicaciones sobre el tema, después de la gestión
de cuatro funcionarios al frente de la secretaría. La
resolución se centra en las empresas que trasladaron
el 1 por ciento de Servicio Universal a los clientes finales,
"cualquiera haya sido la denominación bajo la cual
hayan facturado y cobrado tal concepto" a sus usuarios.
Entre ese grupo, las que están claramente identificadas
son las empresas de telefonía móvil, que desde
la apertura discriminaron en las facturas el concepto en cuestión.
La resolución, en los considerandos, hace mención
a un planteo del defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo
Mondino, que cita a las empresas CTI, Movicom, Unifón,
Personal y Nextel. El consultor Enrique Carrier estimó
hoy que las empresas de telefonía móvil facturaron
en los últimos cuatro años 16.000 millones de
pesos, por lo que el monto acumulado de lo cobrado a los clientes
ascendería a 160 millones de pesos.
El analista consideró que "será difícil
implementar una devolución del dinero a los clientes",
porque muchos ya no son clientes de la misma empresa y porque
en un mercado con un 70 por ciento de servicios con tarjeta,
la devolución sería en pulsos y tal vez no a la
misma persona que hizo el pago.
La Unión
Europea tendría televisión digital total en el
año 2012
Fuente: Reuters
Fecha: 24/05/05
Europa podría pasar de la televisión analógica
tradicional a la televisión digital a comienzos de 2012,
con lo que se convertirá en la primera región
en todo el mundo en tener este medio completamente digital,
propuso el martes la Comisión Europea.
Dos estados miembros de la Unión Europea, Finlandia y
Suecia, ya tienen planes para abandonar las emisiones analógicas
en 2007 y 2008, pero el organismo de la UE desea acelerar el
proceso para que se lleve a cabo en las 25 naciones del bloque.
"Hoy estamos dando la señal desde Bruselas para
acelerar el proceso nacional de cambio, para dar a los consumidores
la certeza de que si compran equipos digitales podrán
utilizarlos en toda la Unión Europea," dijo Martin
Selmayr, portavoz de la Comisión para medios de comunicación
e información.
La mayoría de los miembros de la UE que han establecido
una fecha para el cambio han optado por 2010, mientras que seis
han elegido 2012 como último plazo, informó la
Comisión.
"Con un 'apagado' completo de la televisión analógica,
la UE sería uno de los principales competidores en el
mundo entero," señaló Selmayr.
"Recomendando 2012 como plazo límite para que la
UE pase a la televisión digital, me gustaría dar
una señal política (...) de que la televisión
digital pronto será una realidad. Cuanto más pronto
completemos el cambio, más rápido nuestros ciudadanos
y negocios se beneficiarán," dijo Viviane Reding,
comisionada para medios.
"La televisión digital y la emisión de televisión
digital necesitan sólo entre un tercio y la mitad del
espectro requerido por la televisión tradicional analógica,
así que esperamos una gran ganancia económica
a partir de un uso más eficiente del espectro, mejor
calidad de imagen para los usuarios y más canales disponibles
para el público europeo," agregó Selmayr.
El espectro que será liberado por la televisión
digital podría ser usado para otros servicios que combinan
telefonía móvil y radiodifusión, dijo la
Comisión.